1. Qué es la factura electrónica
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Es una factura igual de válida que la de papel/PDF, pero en formato estructurado (Facturae/XML firmado).
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El PDF se puede seguir generando como copia, pero no sustituye al XML firmado.
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Es obligatoria en:
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Facturación con Administraciones Públicas (a través de FACe).
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Facturación B2B (entre autónomos y empresas), de forma progresiva según la Ley Crea y Crece.
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2. Qué es Veri*Factu
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Es un sistema derivado de la Ley Antifraude (RD 1007/2023) que obliga a que todos los programas de facturación:
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Generen facturas en formato inalterable y trazable.
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Incluyan una huella digital y registro seguro de cada factura.
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Tengan la opción de enviar automáticamente los registros a Hacienda en tiempo real (voluntario).
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Fin principal: evitar facturación en “B” y software manipulable.
3. Diferencia práctica
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Factura electrónica (Facturae/XML firmado): lo que entregas a tu cliente (y asesoría).
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Veri*Factu: lo que tu software debe registrar internamente y, si lo eliges, enviar en paralelo a Hacienda.
4. Qué debe hacer un autónomo o pyme
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Usar un programa de facturación adaptado al RD 1007/2023 (no Excel, no Word).
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Emitir las facturas en formato Facturae (XML firmado).
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Al cliente: XML + PDF (para que lo entienda fácilmente).
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A la Administración: XML a través de FACe.
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Firmar electrónicamente las facturas con tu certificado digital.
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Enviar la factura:
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A cliente empresa/autónomo: por la plataforma pública de intercambio (cuando entre en vigor) o por email hasta entonces.
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A Administración: por FACe.
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A tu asesoría: normalmente XML + PDF.
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Conservar los XML firmados durante 6 años.
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Decidir si quieres activar el envío a Hacienda por Veri*Factu (opcional, pero recomendable para evitar problemas futuros).
5. Fechas clave
✔ Ley Antifraude (Veri*Factu – RD 1007/2023)
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1 enero 2026 → obligatorio para sociedades (pymes, SL, SA).
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1 julio 2026 → obligatorio para autónomos y profesionales (personas físicas).
✔ Ley Crea y Crece (facturación electrónica B2B)
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Entrada en vigor cuando se publique el reglamento (pendiente, estimación 2025).
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Empresas/autónomos > 8 M€ de facturación anual → obligación a los 12 meses de publicado.
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Resto de empresas/autónomos (≤ 8 M€) → obligación a los 24 meses de publicado.
📅 Calendario visual para autónomos y pymes
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2025 → Publicación prevista del reglamento de factura electrónica B2B.
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2026 (1 enero) → Adaptación obligatoria a Veri*Factu para sociedades.
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2026 (1 julio) → Adaptación obligatoria a Veri*Factu para autónomos.
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2026-2027 →
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Si facturas > 8 M€: obligación de factura electrónica B2B al año de la publicación del reglamento (probable 2026).
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Si facturas ≤ 8 M€: obligación de factura electrónica B2B a los dos años (probable 2027).
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✅ En resumen:
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Antes de 2026 → asegúrate de usar un software válido (no Excel).
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2026 → entra Veri*Factu (primero sociedades, luego autónomos).
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2026-2027 → entra la factura electrónica obligatoria B2B, según facturación.
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Siempre → entrega XML firmado a clientes y asesores; el PDF es solo un apoyo.
Más info en: https://www.facturae.gob.es/factura-electronica/Paginas/factura-electronica.aspx