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Factura electrónica y Veri*Factu para autónomos y pymes

1. Qué es la factura electrónica

  • Es una factura igual de válida que la de papel/PDF, pero en formato estructurado (Facturae/XML firmado).

  • El PDF se puede seguir generando como copia, pero no sustituye al XML firmado.

  • Es obligatoria en:

    • Facturación con Administraciones Públicas (a través de FACe).

    • Facturación B2B (entre autónomos y empresas), de forma progresiva según la Ley Crea y Crece.


2. Qué es Veri*Factu

  • Es un sistema derivado de la Ley Antifraude (RD 1007/2023) que obliga a que todos los programas de facturación:

    • Generen facturas en formato inalterable y trazable.

    • Incluyan una huella digital y registro seguro de cada factura.

    • Tengan la opción de enviar automáticamente los registros a Hacienda en tiempo real (voluntario).

  • Fin principal: evitar facturación en “B” y software manipulable.


3. Diferencia práctica

  • Factura electrónica (Facturae/XML firmado): lo que entregas a tu cliente (y asesoría).

  • Veri*Factu: lo que tu software debe registrar internamente y, si lo eliges, enviar en paralelo a Hacienda.


4. Qué debe hacer un autónomo o pyme

  1. Usar un programa de facturación adaptado al RD 1007/2023 (no Excel, no Word).

  2. Emitir las facturas en formato Facturae (XML firmado).

    • Al cliente: XML + PDF (para que lo entienda fácilmente).

    • A la Administración: XML a través de FACe.

  3. Firmar electrónicamente las facturas con tu certificado digital.

  4. Enviar la factura:

    • A cliente empresa/autónomo: por la plataforma pública de intercambio (cuando entre en vigor) o por email hasta entonces.

    • A Administración: por FACe.

    • A tu asesoría: normalmente XML + PDF.

  5. Conservar los XML firmados durante 6 años.

  6. Decidir si quieres activar el envío a Hacienda por Veri*Factu (opcional, pero recomendable para evitar problemas futuros).


5. Fechas clave

✔ Ley Antifraude (Veri*Factu – RD 1007/2023)

  • 1 enero 2026 → obligatorio para sociedades (pymes, SL, SA).

  • 1 julio 2026 → obligatorio para autónomos y profesionales (personas físicas).

✔ Ley Crea y Crece (facturación electrónica B2B)

  • Entrada en vigor cuando se publique el reglamento (pendiente, estimación 2025).

  • Empresas/autónomos > 8 M€ de facturación anual → obligación a los 12 meses de publicado.

  • Resto de empresas/autónomos (≤ 8 M€) → obligación a los 24 meses de publicado.


📅 Calendario visual para autónomos y pymes

  • 2025 → Publicación prevista del reglamento de factura electrónica B2B.

  • 2026 (1 enero) → Adaptación obligatoria a Veri*Factu para sociedades.

  • 2026 (1 julio) → Adaptación obligatoria a Veri*Factu para autónomos.

  • 2026-2027

    • Si facturas > 8 M€: obligación de factura electrónica B2B al año de la publicación del reglamento (probable 2026).

    • Si facturas ≤ 8 M€: obligación de factura electrónica B2B a los dos años (probable 2027).


En resumen:

  • Antes de 2026 → asegúrate de usar un software válido (no Excel).

  • 2026 → entra Veri*Factu (primero sociedades, luego autónomos).

  • 2026-2027 → entra la factura electrónica obligatoria B2B, según facturación.

  • Siempre → entrega XML firmado a clientes y asesores; el PDF es solo un apoyo.

Más info en: https://www.facturae.gob.es/factura-electronica/Paginas/factura-electronica.aspx